Consultas Ciudadanas

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Las consultas ciudadanas son un mecanismo de participación para conocer la opinión de las personas respecto de una determinada política, plan, proyecto, normativa o materia institucional, mediante un procedimiento organizado, formal y público.  Su ejecución está regulada entre los artículos 7° al 9° de la Norma de Participación Ciudadana Minvu -Seremi.

Existen tres etapas comunes a todas las consultas:

1.Publicación de la propuesta:  se publica una minuta de posición que explica la lógica y contenido de la consulta, en un lenguaje claro y accesible, donde se describe el problema o necesidad que motiva la elaboración o modificación de la política, plan, proyecto o normativa que entra en proceso de consulta. Se agregan también los objetivos perseguidos, la propuesta y los efectos esperados.  

En el caso de una consulta a un documento que existe y debe ser modificado, se publicará además un documento comparado con la redacción actual y la nueva redacción que se propone.

2. Tiempo de recepción de observaciones: este proceso se realiza a través de un formulario electrónico de observaciones que permite adjuntar documentos. Al publicar la consulta se indicará el plazo de inicio y el de término de recepción de observaciones de la ciudadanía, periodo en el cual las personas podrán ingresar sus comentarios a través del formulario. El plazo mínimo para ingresar observaciones puede variar de 5 a 10, o más días hábiles, dependiendo del tipo de consulta.  

3. Respuesta institucional: Terminado el plazo para opinar el Ministerio revisará el conjunto de observaciones recibidas y se hará cargo de ellas en un plazo de 45 días hábiles, prorrogable cuando existan razones que lo justifique. Concluida la revisión el MINVU publicará en esta página web: (a) Las contribuciones recibidas, que serán públicas en su integridad al igual que el nombre de quienes las presentaron rechazándose cualquier solicitud de reserva o confidencialidad, salvo en cuanto al correo electrónico; (b) Una respuesta razonada a las contribuciones que indique los cambios que se harán a la propuesta y su fundamento, así como también las justificaciones que llevaron a desechar las observaciones que no fueron acogidas.

Hay que advertir que el documento relacionado con una normativa legal continuará su tramitación en otras reparticiones públicas, como la toma de razón en la Contraloría General de la República, y solo cuando concluya este proceso, se podrá tener el texto final.

Adicionalmente, en esta web también se publicarán los resultados de las consultas ciudadanas realizadas a través de diálogos participativos presenciales.

Existen dos tipos de consultas públicas: Consultas ciudadanas abiertas y consultas ciudadanas simplificadas.

Las Consultas Ciudadanas Abiertas, permiten la participación de cualquier persona, en cambio, las consultas ciudadanas simplificadas, son de carácter excepcional y sólo pueden participar especialistas en la materia.

Es importante recalcar que cualquiera sea el tipo de consulta ciudadana que se trate, es un proceso gratuito.

La norma de participación ciudadana Minvu – Seremi establece en sus artículos 8° y 9° las materias en las que se deben y pueden realizar Consultas Ciudadanas.

El Artículo 8, regula las materias que obligatoriamente deben ser sometidas a consulta:

  • Propuesta de dictación o modificaciones a la Política Nacional de Desarrollo Urbano.
  • Propuesta de dictación o modificaciones a la Política Nacional de Parques Urbanos.
  • Propuesta de modificaciones a la Ley General de Urbanismo y Construcciones.
  • Propuesta de modificaciones a la Ley de Copropiedad Inmobiliaria.
  • Propuesta de modificaciones a la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones.
  • Propuesta de dictación o modificaciones de reglamento sobre Copropiedad Inmobiliaria.
  • Propuesta de dictación o modificaciones de aquellos reglamentos que correspondan a materias de competencia de la División Técnica de Estudio y Fomento Habitacional.  

Por su parte, el artículo 9° señala las materias que pueden ser sometidas a consulta:

  • Políticas, planes y programas;
  • Proyectos de Normas;
  • Proyectos y de planes de inversión, tanto habitacionales como urbanos
  • Aspectos relativos a la gestión interna y la calidad de los servicios que se entregan a las personas y
  • Aquellos que la legislación determine que son materia de participación ciudadana

La autoridad ministerial y/o el equipo técnico definirán la materia de la consulta conforme a lo establecido en los marcos normativos antes señalados. 

Preguntas frecuentes

1

¿Qué es una Consulta Ciudadana?

Es un proceso por el que se recoge la opinión de las personas sobre una norma o tema específico, para utilizarla para la toma de decisiones informadas y democráticas. 

2

¿Cómo se lleva a cabo una Consulta Ciudadana?

Las consultas ciudadanas pueden ser virtuales o presenciales. En el caso del Minvu a nivel nacional, estas se realizan principalmente a través de nuestra plataforma y a nivel regional generalmente son desarrolladas por cada Serviu o Seremi. 

3

¿Las Consultas Ciudadanas son vinculantes?

La vinculación de los resultados de una consulta ciudadana depende del contexto e institución que la organice. En algunos casos, los resultados se consideran recomendaciones para tomar decisiones, mientras que en otros pueden ser legalmente vinculantes. 

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